Congreso del estado avala nueva Ley del IPN; va a la Cámara de Diputados

Se deroga la Ley existente publicada desde diciembre de 1981

El Congreso del Estado avaló presentar al Congreso de la Unión el decreto por el cual se crea una nueva Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional (IPN) y derogar la Ley existente publicada desde diciembre de 1981.

La Ley fija que los directores de escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación, deberán ser mexicanos y reunir además los requisitos que establezcan las normas internas que rijan en el Instituto y durarán en su cargo tres años y serán designados por una sola vez, para otro período.

Tambien fija los requisitos para ser director del IPN, entre ellos ser mexicano por nacimiento y mayor a treinta años de edad, poseer título profesional de una licenciatura cursada por el Instituto Politécnico Nacional, con una antigüedad mínima de cinco años, y gozar de reconocido prestigio profesional y académico.

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Además, tener solvencia moral y estar identificado con los objetivos que le dieron origen a la Institución.

En el artículo dos se refiere que el IPN pasaría de ser un organismo desconcentrado a uno descentralizado; además, los bienes muebles e inmuebles serán inembargables y quienes dispongan de ellos sin autorización podrían ser acreedores a sanciones administrativas y penales.

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De la misma manera, considera la conformación de la junta académica estableciendo con un máximo de 15 personas; así también, fija los requisitos para ser secretario general y las diferentes áreas administrativas las cuales se designarán por el director.

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